La jubilación anticipada forzosa por despido o jubilación anticipada no voluntaria es una prestación que ofrece a los trabajadores la posibilidad de retirarse antes de la edad legal cuando se han visto obligados a cesar su actividad por causas ajenas a su voluntad.
Marco legal por el que se rigen las jubilaciones anticipadas no voluntarias
La jubilación anticipada forzosa por despido está regulada por el artÃculo 207 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Esta normativa establece que los trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada cuando el cese en su empleo se debe a causas ajenas a su voluntad, tales como despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, asà como los despidos colectivos en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
También es importante conocer el contenido de la Ley 21/2021, una normativa que introdujo cambios en el sistema de pensiones y que afecta a la prejubilación forzosa con la aplicación de coeficientes reductores de la cuantÃa de la prestación según la edad del solicitante.
Tipos de despido que permiten solicitar la jubilación anticipada forzosa

Estos son los casos en los que un despido da derecho al trabajador a acogerse a la prejubilación no voluntaria.
Despido colectivo
Se produce en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), cuando la empresa atraviesa dificultades económicas, técnicas, organizativas o de producción. Está regulado en el artÃculo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
Despido objetivo
Afecta de manera individual a los trabajadores por las mismas causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y está regulado por el artÃculo 52.c del Estatuto de los Trabajadores.
Extinción por causas de fuerza mayor
Este tipo de despido ocurre cuando la empresa debe cesar su actividad por razones externas e inevitables, como desastres naturales.
Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
Si el empresario individual fallece, se jubila o queda incapacitado, o si la empresa extingue su personalidad jurÃdica, los trabajadores afectados pueden acogerse a la jubilación anticipada.
Resolución judicial en procesos concursales
Cuando la extinción del contrato se produce por una resolución judicial en un proceso concursal, el trabajador también tiene derecho a solicitar la prejubilación involuntaria..
Extinción del contrato por decisión del trabajador con causa justificada
En casos donde el trabajador decide extinguir el contrato por causas justificadas como movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o incumplimientos graves del empleador, según los artÃculos 40.1, 41.3 y 50 del Estatuto de los Trabajadores, puede acceder a la solicitud de la jubilación forzosa por desempleo.
Abandono del puesto por vÃctimas de violencia de género o violencia sexual
Las trabajadoras que se vean obligadas a abandonar su empleo debido a situaciones de violencia de género o violencia sexual, conforme al artÃculo 49.1.m del Estatuto de los Trabajadores, también tienen derecho a solicitar la jubilación anticipada forzosa por despido.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada forzosa
Para poder acogerse a la jubilación anticipada involuntaria, los trabajadores deben cumplir una serie de requisitos:
Edad mÃnima para solicitar la prejubilación forzosa
El trabajador debe tener una edad que sea como máximo 4 años menor que la edad ordinaria de jubilación. En 2024, esto significa que la jubilación anticipada forzosa puede solicitarse a partir de los 62 años y 6 meses.
En casos excepcionales, como aquellos en los que se ha cotizado más de 37 años y 6 meses, la edad de acceso se puede adelantar hasta los 61 años
Cotización mÃnima para las pensiones por despido involuntario
Es necesario haber cotizado al menos 33 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos 2 años deben haberse cotizado en los últimos 15 años inmediatamente anteriores al cese laboral​
Inscripción como demandante de empleo
El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 6 meses consecutivos antes de solicitar la jubilación​ involuntaria.
Percepción de la indemnización
Para acceder a la jubilación anticipada involuntaria, es necesario haber percibido la indemnización correspondiente derivada del despido o haber interpuesto una demanda judicial para reclamarla. La acreditación de esta indemnización es fundamental para validar la solicitud​.
Penalizaciones y reducciones en la jubilación anticipada forzosa
Cuando se accede a la jubilación anticipada forzosa, la cuantÃa de la pensión se reduce teniendo en cuenta los meses que se adelanta el retiro respecto a la edad marcada por la legislación y el número de años cotizados.
Calculadora de pensiones para jubilaciones anticipadas no voluntarias
- Tramo 1: Reducción para trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados
- Tramo 2: Reducción para trabajadores que han cotizado entre 38 y 41 años y 6 meses
- Tramo 3: Reducción para trabajadores que han cotizado entre 41 años y 6 meses y 4 años y 6 meses
- Tramo 4: Reducción para trabajadores con más de 44 años y 6 meses cotizados
- Adelanto (meses)
- CuantÃa de la reducción (%)
Adelanto | TR 1 | TR 2 | TR 3 | TR 4 |
24 | 21 | 19 | 17 | 13 |
23 | 17.6 | 16.50 | 15 | 12 |
22 | 14.6 | 14 | 13.33 | 11 |
21 | 12.5 | 12 | 11.43 | 10 |
20 | 11 | 10.50 | 10 | 9.20 |
19 | 9.78 | 9.33 | 8.89 | 8.40 |
18 | 8.80 | 8.40 | 8 | 7.60 |
17 | 8 | 7.64 | 7.27 | 6.91 |
16 | 7.33 | 7 | 6.67 | 6.33 |
15 | 6.77 | 6.46 | 6.15 | 5.85 |
14 | 6.29 | 6 | 5.71 | 5.43 |
13 | 5.87 | 5.60 | 5.33 | 5.07 |
12 | 5.50 | 5.25 | 5 | 4.75 |
11 | 5.18 | 4.94 | 4.71 | 4.47 |
10 | 4.89 | 4.67 | 4.44 | 4.22 |
9 | 4.63 | 4.42 | 4.21 | 4.00 |
8 | 4.40 | 4.20 | 4 | 3.80 |
7 | 4.19 | 4 | 3.81 | 3.62 |
6 | 4 | 3.82 | 3.64 | 3.45 |
5 | 3.83 | 3.65 | 3.48 | 3.30 |
4 | 3.67 | 3.50 | 3.33 | 3.17 |
3 | 3.52 | 3.36 | 3.20 | 3.04 |
2 | 3.38 | 3.23 | 3.08 | 2.92 |
1 | 3.26 | 3.11 | 2.96 | 2.81 |
Cómo solicitar la jubilación anticipada forzosa

Este es el paso a paso a seguir para solicitar la jubilación anticipada forzosa por despido
- Confirmación de cumplimiento de requisitos
- Antes de iniciar el proceso, hay que asegurarse de que se cumple con todos los requisitos: la edad mÃnima, el perÃodo mÃnimo de cotización, la situación de desempleo involuntario, y la inscripción como demandante de empleo durante los 6 meses previos a la solicitud.
- Recopilar la documentación necesaria
- Certificado de empresa: Acredita el despido por una causa justificada (ERE, despido objetivo, etc.).
- Certificado de cotizaciones: Documento que se puede conseguir en la TesorerÃa General de la Seguridad Social.
- Justificante de la indemnización: Documento que prueba el cobro de la indemnización por despido o la interposición de una demanda si no se ha cobrado.
- Inscripción como demandante de empleo: Certificado que demuestre que el demandante ha estado inscrito en el servicio público de empleo durante al menos 6 meses.
- Iniciar la solicitud online o presencialmente
Se puede realizar el trámite de dos formas:- Online: A través del portal de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve PIN.
- Presencial: Acudiendo a una oficina de la Seguridad Social con cita previa.
- Revisión de la solicitud
Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social revisará el expediente y la documentación aportada. Si todo está en orden, se aprobará la solicitud. - Resolución y cobro de la pensión
Si la solicitud es aprobada, el demandante comenzará a percibir la prestación con las reducciones aplicables por jubilación anticipada.
Preguntas frecuentes sobre la jubilación anticipada forzosa
¿Cuáles son las diferencias entre la jubilación anticipada forzosa y voluntaria?
La jubilación anticipada forzosa se produce cuando el trabajador pierde su empleo por causas ajenas a su voluntad, mientras que la jubilación anticipada voluntaria es una decisión libre del trabajador.
Las principales diferencias a nivel legal y de solicitud de la prestación son:
- Causas: La jubilación anticipada forzosa implica un cese laboral involuntario.
- Edad de acceso: La prejubilación forzosa se puede adelantar hasta 4 años antes de la edad legal de jubilación, mientras que en la voluntaria el adelanto máximo es de 2 años.
- Requisitos de cotización: Para la forzosa, se necesita haber cotizado 33 años, mientras que en la voluntaria se requieren 35 años.
- Penalizaciones: Las penalizaciones por adelanto son menores en la jubilación anticipada forzosa, por lo que resulta más beneficiosa en términos económicos para el trabajador.»
¿Qué pasa si no he recibido la indemnización por despido, puedo solicitar la jubilación anticipada forzosa?
SÃ, puedes solicitar la jubilación anticipada forzosa incluso si no has recibido la indemnización, pero es imprescindible que acredites haber interpuesto una demanda judicial para reclamar.
En este caso, deberás presentar la documentación que pruebe que has iniciado los trámites legales para obtener la indemnización que te corresponde​.
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